La obligación de elaborar un informe sobre las medidas de promoción del tercer sector social de Euskadi con una periodicidad anual se establece en el artículo 19 de la Ley 6/2016, de 12 de mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi que señala que “dicho informe tendrá carácter público e incluirá información actualizada y sistematizada sobre el conjunto de medidas de promoción impulsadas tanto por parte del sector público como por parte del sector privado” (párrafo 2).
Siguiendo lo expresado en la ley, el informe busca ofrecer una panorámica periódica de la acción de promoción, pública y privada, en favor del TSSE, que permita conocer con detalle las medidas existentes para su promoción en el año anterior a la elaboración del informe.