Autor/a: Arantza Chacón (Zehar-Errefuxiatuekin), Mikel Mazkiarán (SOS Arrazakeria Gipuzkoa) y Observatorio Vasco del Tercer Sector Social
Nº Breve: 02/2024

Tras tres años de negociaciones, a finales de diciembre de 2023, bajo la presidencia de turno española del Consejo de la UE, la Comisión Europea, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo llegaban a un acuerdo para la formalización de un nuevo pacto migratorio europeo[1] que modificará la política de migración y asilo de la UE. La reforma no entrará en vigor inmediatamente, sino que su aprobación definitiva, prevista para abril de 2024, tendrá que pasar necesariamente por la ratificación de cada uno de los Estados miembros.

En este breve, desgranamos algunos de los aspectos más destacados del pacto, exponemos algunas de las críticas expresadas contra el mismo por las organizaciones sociales y conversamos sobre esta cuestión y sus repercusiones con dos organizaciones del Tercer Sector Social de Euskadi, SOS Arrazakeria Gipuzkoa y Zehar-Errefuxiatuekin, dedicadas a la acogida e integración de personas migrantes y solicitantes de asilo.

Algunas claves del pacto

El nuevo acuerdo regula todos los pasos en la cadena de recepción de personas migrantes y solicitantes de asilo (llegada, acogida, valoración, rechazo o aprobación).

El pacto consta de cinco reglamentos que regulan todas las fases de la gestión de la migración y el asilo, suponiendo de facto un endurecimiento del acceso a la UE para migrantes y solicitantes de asilo. Los reglamentos son los siguientes:

  1. Nuevo reglamento sobre la gestión del asilo y la migración

Según la regulación actualmente vigente (Reglamento de Dublín), la gestión del asilo es responsabilidad del país de la UE en el que se produce la entrada de la persona migrante. Este sistema provoca que ciertos Estados (como España, Grecia, Italia o Alemania, por ejemplo) sufran una mayor presión al absorber en mayor medida los flujos migratorios. Para corregir y aliviar esta situación, el nuevo reglamento contempla la creación de un mecanismo de solidaridad que establece una nueva fórmula de reparto por la que, anualmente, se pueden distribuir un mínimo de 30.000 personas solicitantes de asilo entre aquellos países de la UE con menor presión migratoria. Sin embargo, estos países tienen la posibilidad de eludir la reubicación de estas personas en su territorio pagando una contribución de 20.000 euros por migrante.

Este mecanismo pretende, según la UE, “desalentar los movimientos secundarios limitando las posibilidades de cese o transferencia de responsabilidad entre los Estados miembros y reduciendo así las posibilidades del solicitante de elegir el Estado miembro donde presentar su reclamación”[2].

  1. Nuevo reglamento que regula las crisis migratorias y las situaciones de fuerza mayor

El nuevo reglamento prevé medidas temporales y excepcionales para abordar situaciones de crisis en el ámbito de la migración y el asilo. Por ejemplo, en caso de que un Estado miembro se enfrente a una situación de afluencia excepcional de personas migrantes, podrá solicitar la activación urgente de mecanismos de solidaridad (reubicaciones, compensaciones financieras o medidas de otro tipo).

  1. Reglamento Eurodac

Este reglamento pretende mejorar la base de datos que recopila huellas dactilares de los inmigrantes irregulares y los solicitantes de asilo. El objetivo es reforzar los controles, detectar y gestionar mejor los movimientos no autorizados y facilitar el regreso de las personas en situación irregular.

  1. Nuevo procedimiento de asilo

Se establece un procedimiento común en toda la UE que los estados miembros deben seguir cuando las personas buscan protección internacional.

Se agilizan los trámites fronterizos (ver siguiente reglamento) y se simplifica el procedimiento de asilo. Con el nuevo procedimiento, el proceso de la solicitud de asilo no puede alargarse más de 6 meses. En ese periodo, las personas solicitantes de asilo no están autorizadas a entrar en el territorio europeo. Asimismo, se establecen una serie de estándares para los derechos de las personas solicitantes de asilo, como la posibilidad de disponer un servicio de intérprete o el derecho a la asistencia y representación legal.

  1. Nuevo reglamento de control

El objetivo de este reglamento es garantizar la rápida identificación del procedimiento correcto aplicable a una persona que entra en la UE sin cumplir las condiciones de entrada. En estos casos el control, que incluye la identificación, controles de salud y seguridad y el registro de huellas dactilares en Eurodac, deberá realizarse cerca de las fronteras exteriores, para lo cual se crean centros de detención en los que las personas migrantes o solicitantes de asilo deberán permanecer a disposición de las autoridades nacionales durante un período máximo de cinco días. Al finalizar el control, todas las personas interesadas serán dirigidas al procedimiento correspondiente: asilo, reubicación o retorno.

Las críticas de las entidades sociales al pacto

Según la Comisión Europea, este pacto “permite a los europeos confiar en que la migración se gestiona de manera eficaz y humana, en plena consonancia con nuestros valores y con el Derecho Internacional”[3].

Sin embargo, esta positiva valoración contrasta con las críticas inmediatas al pacto antes y después de su firma realizadas por diversas entidades y movimiento sociales. Amnistía Internacional ha declarado que los acuerdos incluidos en el pacto “harán retroceder durante decenios el derecho de asilo europeo y causarán más sufrimiento humano”[4]. Médicos sin fronteras considera que “el Pacto de la UE sobre Migración y Asilo no es una solución a la ‘crisis migratoria’ de Europa, ni un acuerdo histórico. Es simplemente la continuación e intensificación de las políticas de contención y disuasión, con el rechazo arbitrario en las fronteras y las expulsiones como núcleo”[5]. Save the Children resume de forma muy precisa la finalidad del acuerdo: “El pacto está destinado a proteger las fronteras y no a la protección de las personas migrantes”[6].

¿Cuáles son los motivos para estas críticas? En una carta firmada por 50 organizaciones no gubernamentales integradas en PICUM, red europea que trabaja para garantizar la justicia social y los derechos humanos de las personas migrantes, se considera que el pacto migratorio “normalizará el uso arbitrario de la detención de inmigrantes, incluso para niños y familias, aumentará la discriminación racial, utilizará procedimientos de ‘crisis’ para permitir devoluciones y devolverá a las personas a los llamados ‘terceros países seguros’ donde se encuentran. en riesgo de sufrir violencia, tortura y encarcelamiento arbitrario”[7].

De forma más concreta, señalamos algunos de los riesgos y posibles consecuencias de este pacto apuntados desde diversas organizaciones. En primer lugar, los procedimientos fronterizos contemplan la detención inicial de personas migrantes, sin que se determine una edad mínima para ello. Estas detenciones pueden afectar a familias, haciendo posible que afecten también a las niñas y niños que forman parte de ellas. Asimismo, este procedimiento puede afectar a los menores no acompañados, a quienes no se les facilita su reagrupación familiar.

Por otra parte, este procedimiento de control, que implica la construcción de centros de detención fronterizos, puede menoscabar unas condiciones dignas de acogida, puesto que existe un peligro real de saturación al estar concentrados en los principales países receptores (España, Italia, Grecia…).

En cuanto a la agilización de los trámites de asilo, que pretende acortar los plazos de estudio de cada caso a un máximo de seis meses, las organizaciones sociales señalan que este hecho puede implicar una toma de decisiones apresurada sin tener en cuenta toda la información necesaria (cuya recepción y estudio puede demorarse) y puede tener como consecuencia una reducción de las salvaguardias para los solicitantes de asilo. Además, este nuevo procedimiento tendrá probablemente como efecto una deportación apresurada a terceros países ajenos a la UE donde no se respetan los derechos humanos y donde, por lo tanto, las personas deportadas correrán el riesgo de sufrir detenciones arbitrarias o torturas. Supone, además, ahondar en una tendencia a la externalización del control de fronteras y la elusión de las responsabilidades de la UE para con la protección de personas solicitantes de asilo.

Por último, el nuevo reglamento que regula las crisis migratorias y las situaciones de fuerza mayor ofrece la posibilidad de que, en situaciones excepcionales (aumento extraordinario de llegada de personas migrantes, por ejemplo), los Estados miembros incumplan las normas de asilo de la UE y las obligaciones que impone el derecho internacional de los derechos humanos y del refugiado. Esta circunstancia excepcional podría “normalizar medidas de emergencia desproporcionadas en las fronteras europeas, sentando un peligroso precedente para el derecho de asilo en todo el mundo”, tal como señala Amnistía Internacional.

El pacto desde la perspectiva de las entidades del Tercer Sector Social de Euskadi: una conversación con SOS Arrazakeria Gipuzkoa y Zehar-Errefuxiatuekin

A continuación, os dejamos una conversación mantenida con Mikel Mazkiarán (SOS Arrazakeria Gipuzkoa) y Arantza Chacón (Zehar-Errefuxiatuekin) sobre el nuevo pacto, que hemos repartido en tres videos. En el primero de ellos, Mikel y Arantza nos comparten sus impresiones sobre la firma de este pacto que complementan, desde una mirada local, las críticas hacia el mismo vertidas por diferentes organizaciones sociales. Señalan también lo que supone en términos de restricción de derechos y los efectos que va a tener, especialmente para los solicitantes de asilo.

La firma del pacto viene precedida en el contexto político vasco de una serie de hitos importantes que han marcado la XII Legislatura de Gobierno Vasco. Por un lado, la creación de la Dirección de Migración y Asilo, dependiente del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales de Gobierno Vasco, que aglutina bajo un mismo paraguas las cuestiones relacionadas con la inmigración y con la Protección Internacional, solicitantes de Asilo y Protección Subsidiaria.

Por otro lado, la inclusión en el Plan de Actuación 2021-2024[8] del Programa vasco de prioridades de la Agenda 2030 de tres actuaciones claves en materia de migración: (i) consolidar una estrategia global de acogida a personas migrantes; (ii) definir e impulsar un modelo vasco en política de asilo; (iii) apoyar y dar cobertura y asistencia a personas migrantes en situación vulnerable.

Y finalmente, el impulso del Pacto social vasco para la migración[9] en 2021, que renueva el anterior (Pacto Social por la Inmigración en Euskadi), y el desarrollo del VI Plan Intercultural de Ciudadanía, Inmigración y Asilo 2022-2025[10], que se apoya, entre otros, en dos pilares fundamentales: (i) el ya mencionado Pacto Social Vasco para la migración, y el Modelo Vasco de Acogida.

Con este trasfondo local, Arantza y Mikel reflexionan en el segundo video sobre las posibles implicaciones del pacto europeo en las políticas públicas vascas de migración y asilo, que parecen ir en una dirección diferente a la diseñada en Europa, pero también sobre los efectos del pacto europeo en los modelos y estrategias de intervención con migrantes y solicitantes de asilo de las organizaciones sociales y en los modos y espacios de interlocución que estas mantienen con la administración pública de la CAE.

Finalmente, en el último video, Mikel y Arantza reflexionan sobre las posibles causas o condicionantes que han conducido al endurecimiento de las políticas europeas de migración y asilo, poniendo en relación este hecho con la extensión en Europa de los discursos populistas y xenófobos de la ultraderecha, pero también con las políticas migratorias de ciertos países que no pueden adscribirse al discurso ultraderechista. Además, hacen una valoración del uso del concepto de “necropolítica” para comprender esta deriva restrictiva europea hacia la población extranjera, que contrasta con la política excepcional llevada a cabo por los países europeos para acoger a personas refugiadas de Ucrania tras la invasión rusa de este país en 2022.

[1] La información acerca del pacto, las claves principales y los documentos correspondientes son accesibles a través de la web de la Comisión Europea: https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/priorities-2019-2024/promoting-our-european-way-life/migration-and-asylum/new-pact-migration-and-asylum_es También están disponibles a través de la Dirección General de Migración y Asuntos de Interior:

[2] https://www.consilium.europa.eu/en/policies/eu-migration-policy/eu-migration-asylum-reform-pact/asylum-migration-management/

[3] Extraído de: https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/priorities-2019-2024/promoting-our-european-way-life/migration-and-asylum/new-pact-migration-and-asylum_es

[4] Extraído de: https://www.amnesty.org/es/latest/news/2023/12/eu-migration-pact-agreement-will-lead-to-a-surge-in-suffering/

[5] Extraído de: https://www.msf.es/noticia/pacto-la-ue-migracion-y-asilo-no-una-solucion

[6] Extraído de: https://www.elsaltodiario.com/mena/pacto-migratorio-europeo-avala-detencion-ninos-ninas

[7] Extraído de: https://picum.org/blog/open-letter-eu-human-rights-risks-migration-pact/

[8] Disponible en: https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/prioridades_agenda2030/es_def/adjuntos/CAST-Programa-prioridades.pdf

[9] Disponible en: https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/planes_estrategicos_inmigracio/es_planes/adjuntos/PACTO-CASTELLANO-2018.pdf También disponible el documento de adhesión: https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/planes_estrategicos_inmigracio/es_planes/adjuntos/PACTO-CASTELLANO-2018.pdf

[10] Disponible en: https://bideoak2.euskadi.eus/2022/02/22/news_75231/VIPLAN_INTERCULTURAL_es.pdf