Autor/a: Observatorio Vasco del Tercer Sector Social
Nº Breve: 4/2025

INTRODUCCIÓN Y MARCO

De acuerdo con lo previsto en la Ley 6/2016, de 12 de Mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi (en adelante, LTSSE) se entiende por modelo mixto, de cooperación público-social, un conjunto de áreas de intervención y procedimientos concretos vinculados a la participación de las organizaciones de iniciativa social e intervención social[1] (tercer sector social) en los sistemas de responsabilidad pública, y en los espacios de intersección entre los mismos, en el ámbito de la intervención social, sustentada, entre otros, en el principio de diálogo civil.

Así, la LTSSE representa el reconocimiento normativo del papel y aportación de las entidades del tercer sector social a la sociedad vasca, y la consolidación de la larga y estrecha relación entre estas y las instituciones públicas. Relación que se extiende a la provisión de un gran número de servicios que, como sucede en el ámbito de los servicios sociales, pusieron en marcha las entidades y, por voluntad compartida, se han consolidado progresivamente como servicios de responsabilidad pública, avanzando así en el reconocimiento de derechos desde la cooperación. Este desarrollo ha impulsado la consolidación, práctica y normativa, tanto del principio de diálogo civil como del modelo mixto de gestión[2], ambos interrelacionados.

A su vez, la Estrategia de Promoción del Tercer Sector Social[3], establece en su actuación número 5, el seguimiento, impulso y valoración del despliegue del modelo mixto en el ámbito de la intervención social.

Desde el Observatorio acabamos de publicar en nuestra web el informe “aprendizajes y experiencias significativas en Modelo Mixto” que ofrece una identificación de experiencias y prácticas significativas de cooperación público social a fin de seguir y evaluar el despliegue y consolidación del modelo mixto de cooperación-público social, en el ámbito de la intervención social, de acuerdo con lo previsto en la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales y la LTSSE.

A través de la publicación del mencionado informe se detectaron dos cuestiones que motivaron la publicación de este breve. En primer lugar, una falta de construcción de conocimiento compartido del modelo, lo que generaba dificultades a la hora de su despliegue y, en segundo lugar, la oportunidad de ofrecer de forma ágil los aprendizajes que se pueden extraer sobre las experiencias y prácticas valoradas.

Tal y como se ha comentado con anterioridad, el informe se encuentra disponible en la web del Observatorio. En él, se pueden encontrar, por un lado, los mencionados aprendizajes con mayor grado de desarrollo, un análisis más profundo a nivel normativo y legislativo del modelo. Y, por otro lado, 20 experiencias y prácticas significativas que abarcan las cuatro contingencias (exclusión, dependencia, desprotección y discapacidad), los tres niveles institucionales (local, foral y autonómico), los tres territorios históricos, y en las que intervienen entidades del TSSE diversas en tamaño, forma jurídica, ámbito o trayectoria.

A partir de las valoraciones de los agentes implicados y del análisis de cada una de las experiencias, se trató de resaltar aquellas cuestiones que pudiesen ser tenidas en cuenta como aprendizajes para seguir desplegando el modelo mixto. En cualquier caso, este ejercicio supuso un primer acercamiento al despliegue del modelo mixto de cooperación público-social.

Los 30 aprendizajes identificados se ordenaron en función del agente u objeto al que se dirigen, constituyendo cada uno de ellos un subapartado específico centrado en los aprendizajes sobre el modelo en sí mismo, el tercer sector social, las administraciones públicas y las personas destinatarias.

En este breve de gestión se centrará la atención, por un lado, en los aportes de la cooperación público-social al tercer sector social y por otor lado, en los aportes a las personas destinatarias. El resto de aprendizajes se podrán consultar en el mencionado informe.

¿QUÉ APORTA LA COOPERACIÓN PÚBLICO-SOCIAL AL TERCER SECTOR SOCIAL?

El tercer sector social representa un conjunto diverso de entidades que están en permanente cambio y adaptación a la realidad del ecosistema de la intervención social que se caracteriza por ser muy dinámico, y el modelo mixto ha incidido en su desarrollo a través de los aportes mencionados a continuación:

Se trata de un modelo que incide en la transformación natural del TSSE y que se desarrolla de forma desigual en un TSSE diverso. Los factores que condicionan el despliegue y adecuación del mismo son la dimensión de la entidad, el volumen económico, el nivel de profesionalización, el peso de las personas voluntarias… Por lo que se destaca la importancia de facilitar o articular instrumentos más adaptados a entidades de menor tamaño que garanticen que puedan participar en la cooperación o colaboración público social. Esto fortalecería no solo el apoyo a pequeñas entidades, sino que supondría un reconocimiento de que éstas están atendiendo también necesidades de las personas destinatarias y en numerosas ocasiones, problemáticas emergentes como pueden ser los trastornos relacionados con el juego, el control de impulsos… a los que aún puede que no se esté dando una respuesta formal o se esté valorando como hacerlo.

El hecho de que se despliegue de forma desigual evidencia que, aunque sea un modelo que ofrece seguridad no exime de vulnerabilidad. El despliegue del modelo mixto, unido al despliegue de la cartera de servicios, ha representado una consolidación de la posición del TSSE en el ámbito de la intervención social.

Ese avance, que reconoce su papel, garantiza su participación y establece áreas e instrumentos específicos para concretar esta cooperación genera seguridad porque garantiza un marco estable de cooperación y financiación. Sin embargo, no logra eximir o liberar a las entidades sociales de la vulnerabilidad propia a la que se enfrentan para llevar a cabo su misión, en concreto en lo relacionado con las dificultades en su sostenibilidad económica, en un contexto complejo y en constante cambio como el de la intervención social. Por tanto, se trata de un modelo que requiere de ajustes consensuados por las entidades y la administración pública para poder buscar soluciones a la vulnerabilidad económica del sector.

Dejando a un lado lo relativo a la sostenibilidad del sector, se establece como un modelo que afianza la capacidad de generar conocimiento del TSSE a través de espacios formales como mesas o consejos y también en la elaboración de planes y estrategias. Estableciéndose como marcos que afianzan el reconocimiento del TSSE como un agente social que no solo dispone de un importante conocimiento de la realidad en la que trabaja debido al arraigo y cercanía que mantiene con el territorio, sino que también destaca por su capacidad para generar innovación en términos de nuevos modelos, enfoques o metodologías para la intervención gracias a su flexibilidad y capacidad de adaptación para responder a las necesidades.

En relación con lo anterior, se caracteriza por ser un modelo que demanda diferentes registros al TSSE. La participación en la gestión de los sistemas de responsabilidad pública exige a las organizaciones del TSSE el manejo de diferentes registros que se adecuen al contexto y actividad concreta que realizan. Ello implica que las organizaciones sean capaces de adecuar tonos, enfoques o posicionamiento con el fin de lograr sus objetivos y misión. Sin lugar a duda, participar en la provisión de servicios de responsabilidad pública exige ser capaz de manejarse en espacios de decisión, hacer renuncias, plantear demandas, llegar a acuerdos y realizar su seguimiento.

Esta una de las expresiones del principio de diálogo civil. Pero, al mismo tiempo, esto exige a las organizaciones una búsqueda de equilibrio entre la actividad dirigida a la provisión de servicios y la actividad cuya finalidad es la incidencia social y política. Para algunas de ellas, esto representa un cambio cultural en el que venía siendo su funcionamiento.

Resulta fundamental tener en cuenta que el modelo mixto contempla como una de las áreas de participación la provisión de servicios que abarca el diseño, la prestación, la evaluación y la mejora de estos. Este marco que desborda expresamente que las entidades sociales hagan de meras prestadoras de servicios, favorece que la cooperación, además de entre el sector público y el tercer sector social, se dé entre las propias organizaciones del TSSE.

En este sentido, se manifiesta la percepción de una creciente coordinación en el TSSE, así como la mayor frecuencia con la que se están generando proyectos, prácticas o experiencias compartidas. Además, es algo valorado como positivo por las entidades, el poder construir proyectos compartidos que permitan aunar esfuerzos, y a su vez, no duplicar recursos y/o servicios. Por tanto, ser un sector diverso no parece ser un obstáculo para estar cada vez más coordinado y alineado en cuanto a formas de hacer, intereses comunes y metodologías de intervención. Por lo que se asume que es un modelo que promueve la coordinación dentro del TSSE.

A su vez, se caracteriza por ser un modelo que facilita al TSSE poner en el centro las necesidades de las personas y que se refuerza a través de las áreas de participación que versan sobre la realización de funciones de referencia, coordinación de caso (con carácter delegado) y de acompañamiento social a las personas y sus familias.

Esto último cobra especial relevancia en situaciones de riesgo o vulnerabilidad social, independientemente cual sea la causa de las mismas, debido a que, tal y como se ha comentado con anterioridad, desde el sector se ofrece un trato de cercanía, vinculación y de información accesible que permite a las personas destinatarias entender qué es la cartera de servicios, qué institución o sistema realiza cada función, el reparto de roles… y esto genera confianza y un mayor acceso y adherencia de las personas a los recursos y servicios que necesitan. En resumen, el tercer sector social actúa como puerta de entrada a los recursos tanto propios como a los compartidos con la Administración Pública.

 ¿Y A LAS PERSONAS DESTINATARIAS?

Se trata de un modelo que promueve la participación de las personas destinatarias en la gestión de los sistemas de responsabilidad pública, la provisión de servicios o la realización de determinadas tareas en la intervención, teniendo en cuenta su opinión, valoración, necesidades y capacidades. Claro ejemplo de ello es el trabajo en clave comunitaria o la atención centrada en la persona o las propias entidades constituidas por las propias personas destinatarias y/o sus familias. Por tanto, cada vez resulta más habitual que la puesta en marcha de un servicio y/o programa se desarrolle desde procesos participativos y que incluso, algunos servicios comiencen a estar autogestionados por las propias personas destinatarias, con una mayor o menor presencia educativa, en función siempre de las necesidades de apoyo de las personas.

Muy unido a lo anterior, se trata de un modelo que demanda buena información para las personas destinatarias y esto en un marco de cooperación público-social, requiere redoblar esfuerzos para ofrecer información en términos accesibles y discernir el papel y la responsabilidad de cada agente vinculado. Este reconocimiento mutuo entre agentes se erige como un pilar fundamental de la cooperación, permitiendo que el trabajo conjunto resulte más eficiente y mejor valorado por ambas partes.

A su vez, se establece como un modelo que atiende mejor las necesidades de las personas destinatarias y proporciona servicios de mayor calidad. Esto se debe a la capacidad del sector para identificar las necesidades debido a su cercanía y arraigo en el territorio, así como por su trayectoria y su capacidad de detección y flexibilidad ante diversas problemáticas, presentándose como una alternativa sencilla de acceso a los recursos y/o servicios de atención. Por tanto, el modelo mixto ofrece la posibilidad de poner en valor ese conocimiento y cercanía en la provisión de servicios de responsabilidad pública, incorporando a las entidades sociales – y a las personas destinatarias a través suyo- en su diseño y evaluación, además de en su prestación.

Por último, y no menos importante, se trata de un modelo que acerca los sistemas a las personas debido a que las áreas de participación contempladas en la LTSSE y su despliegue junto a la colaboración de las organizaciones del TSSE, como las funciones de referencia y de coordinación de caso, y el acompañamiento social a las personas y familias durante el proceso de intervención permiten impulsar sistemas más accesibles para la población.

BIBLIOGRAFÍA

Euskadi. DECRETO 185/2015, de 6 de octubre, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Disponible en: https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2015/10/1504561a.pdf

Gobierno Vasco (2018). Estrategia de promoción del Tercer Sector Social de Euskadi. Disponible de: https://www.euskadi.eus/contenidos/noticia/xiileg_planes_departamentales/es_def/ESTRATEGIA-DE-PROMOCION-DEL-TERCER-SECTOR-SOCIAL-DE-EUSKADI.pdf

Euskadi. Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. Disponible en: https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2008/12/s08_0246.pdf

Euskadi. Ley 6/2016, de 12 de mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi. Disponible en: https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2016/05/1602096a.pdf

 

 

[1] La LTSSE en su artículo 4 señala que se entienden como actividades del ámbito de la intervención social las desarrolladas con la finalidad de promover la inclusión social, la cooperación al desarrollo, el reconocimiento de los derechos de toda la población y su ejercicio efectivo por las personas, familias, grupos, colectivos o comunidades que afrontan situaciones de vulnerabilidad o exclusión, desprotección, discapacidad y/o dependencia. Se considerarán como tales actividades los servicios sociales, la promoción del acceso al empleo y cualquier otra actividad desarrollada con la finalidad mencionada, en los espacios de interacción entre ámbitos, políticas y sistemas como los espacios: sociolaboral, socio-habitacional, socioeducativo, sociosanitario, socio-judicial, socio­cultural u otros.

[2] Definido en la Estrategia de Promoción del Tercer Sector Social como: un modelo de gestión basado en la responsabilidad pública, la cooperación público-social y la gobernanza participativa. https://www.euskadi.eus/contenidos/noticia/xiileg_planes_departamentales/es_def/ESTRATEGIA-DE-PROMOCION-DEL-TERCER-SECTOR-SOCIAL-DE-EUSKADI.pdf

[3] Acceso a la estrategia de promoción del tercer sector social: https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/planes_ss/es_planes/adjuntos/Estrategia%20promoci%C3%B3n%20tercer%20sector%20-%20Plan%20de%20la%20Legislatura%20CAST.pdf