Fecha: 21/12/2023
Fuente: Observatorio Español de la Economía Social
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El Consejo de Ministros aprobó el pasado 19 de diciembre un Real Decreto-Ley mediante el que se modifica la Ley de mecenazgo vigente desde hace 21 años. La aprobación de dicha reforma se frustró la pasada legislatura por el adelanto electoral del 23J. Ahora, el nuevo Gobierno, alentado por la Asociación Española de Fundaciones y la Plataforma del Tercer Sector, la ha aprobado como Real Decreto-Ley, que entrará en vigor el 1 de enero de 2024. Posteriormente, el Parlamento tendrá que convalidarla. La aprobación de esta reforma de la ley es resultado del trabajo colectivo del Tercer Sector, que lleva años reclamándola, y su interlocución con el Congreso y con el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

El marco jurídico vigente en España para el mecenazgo es la Ley 49/2002, de 23 de diciembre que, a su vez, actualizaba la ley 30/1994, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

Según se informa desde la Asociación Española de Fundaciones, las novedades que introduce la reforma de la ley del mecenazgo en la norma 49/2002 son las siguientes:

1. Se estimula el micromecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción: en el caso de personas físicas, se eleva de 150€ a 250€ la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF y por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente). En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades pasan también del 35 al 40%. En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos ahora al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.

2. Se incluye en el concepto de donación fiscalmente deducible la cesión de uso de todo tipo de muebles e inmuebles dentro del concepto más genérico de donación de derechos.

3. Se amplía el concepto de convenio de colaboración, incluyendo de forma expresa las aportaciones en especie incluida la prestación gratuita de servicios. El colaborador podrá además difundir esta colaboración.

4. Se incluye el denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.

5. Se amplían las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividades: desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y de enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.

6.Se refuerza el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a los bienes de entidades sin ánimo de lucro.

“Esta reforma normativa es un importante paso en el reconocimiento de la imprescindible labor que las entidades no lucrativas (ENL) llevan a cabo en España para cumplir los fines de interés general y esperamos que no haya ningún problema en su convalidación en las Cortes”, explica la presidenta de la AEF, Pilar García Ceballos-Zúñiga. “Cuando hablamos de filantropía y mecenazgo hablamos de investigación de enfermedades, de inversión en educación y en cultura, de proyectos medioambientales, de inclusión de personas con discapacidad y de otras muchas actividades que mejoran la vida de la ciudadanía. Las ENL llevan a cabo una actividad social fundamental y necesaria porque contribuyen a cubrir necesidades esenciales no atendidas ni por el sector privado ni por el sector público. Son la expresión de la acción filantrópica, del compromiso, del altruismo y de la sensibilidad individual y social”.

“Para el CERMI, en nombre de la discapacidad organizada, es un logro de la sociedad civil organizada, capitaneados por la Asociación Española de Fundaciones”, asegura su presidente Luis Cayo Pérez Bueno. “Es sin duda un avance fiscal a la participación cívica, del que hay que congratularse, ahora toca plantear el gran horizonte de un régimen fiscal de las entidades no lucrativas digno del siglo XXI, ambicioso y transformador, que asiente definitivamente el mecenazgo y la filantropía como un hecho social de primera magnitud”.

El presidente de la Plataforma del Tercer Sector, Luciano Poyato, ha felicitado a todas las entidades y organizaciones que han trabajado para hacer posible esta reforma y ha señalado que “el mecenazgo es una forma de fomentar la cohesión social, logrando una mayor participación privada en actividades de interés general y, por consiguiente, generando, fortaleciendo y articulando más la sociedad civil”.

Sólo el gasto de las Entidades no Lucrativas (ENL) en actividades de interés general alcanza casi los 17.000 millones de euros y, en el caso de las fundaciones, en los últimos 12 años se ha multiplicado por 2,45 el número de beneficiarios finales y directos de sus actividades de interés general. Se estima que el total del sector fundacional en España genera más de 27.000 millones de euros de valor añadido en 2020 (2,4% PIB), y más de 550.000 puestos de trabajo, 3,4% del total de puestos de trabajo de jornada completa de la economía española. En 2022 colaboraron con alguna entidad el 39% de la población mayor de 18 años.