Fecha: 13/06/2022
Fuente: Servimedia
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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) pidió que la futura legislación sobre participación institucional comprenda como interesado de pleno derecho al Tercer Sector de Acción Social.

Así lo hizo constar en un documento de aportaciones a la consulta pública previa a la elaboración de un anteproyecto de ley de participación institucional, en el que subrayó que la participación institucional no debe limitarse a las organizaciones sindicales y empresariales, “sino que debe estar abierta a un espectro más amplio y rico, el de todos los operadores sociales”.

En su documento de propuestas, el movimiento Cermi respaldó esta iniciativa del Gobierno, puesto que según afirmó, ello “supondrá la cesación de una omisión continuada y grave, más de cuatro décadas después de la aprobación y vigencia de la Constitución española”.

En alusión al apartado 1 del artículo 129 de la Constitución Española (CE), que habla en general de “participación de los interesados”, el Cermi solicitó que la nueva legislación establezca, configure y regule la participación no solamente de los agentes sociales tradicionales (sindicatos y organizaciones patronales), sino también incluir otras expresiones sociales organizadas, en este caso, la representada por el Tercer Sector de Acción Social.

Según señalaron desde Cermi , en este artículo constitucional no se restringe la participación a solamente unos cuantos agentes sociales, por lo cual esta futura ley tampoco puede limitarla a una única manifestación organizativa de la vida social; por ello consideran “sesgado” el enfoque de la consulta pública. “Esta tendenciosidad debe ser corregida y en la elaboración de la Ley ha de prevalecer un ánimo amplio, abierto e inclusivo a todo lo que de valioso hay en la urdimbre social”, apuntaron.

Por otro lado, en el documento de propuestas se hace referencia también a la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social en la que se dispone que “las entidades del Tercer Sector de Acción Social se incorporarán a los órganos de participación institucional de la Administración General del Estado, cuyo ámbito sectorial de actuación se corresponda con el propio de dichas entidades”.

Así pues, “el Tercer Sector de Acción Social es uno de los agentes que por derecho pleno están incluidos en el concepto de “los interesados” del artículo 129 de la CE, pues tanto el Sistema de la Seguridad Social como la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de vida o al bienestar general, son horizontes naturales de estas organizaciones nacidas de la iniciativa cívica solidaria”, aseguraron desde Cermi.