Fecha: 15/06/2020
Fuente: El Correo
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La nueva prestación tiene carácter permanente, y sólo se dejará de recibir cuando el beneficiario cumpla los 65 años o supere el umbral de ingresos fijado

Desde este lunes 15 de junio ya se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación de carácter permanente que busca reducir la pobreza y desigualdad y que beneficiará a unos 850.000 hogares españoles. El importe de las ayudas variará en función de las circunstancias económicas y familiares de cada hogar. En cualquier caso, garantizarán unos ingresos mínimos mensuales que van de los 462 euros (para un adulto que viva solo) a los 1.015 euros (familias de dos adultos y tres o más niños o tres adultos y dos o más menores).

¿Durante cuánto tiempo se podrá cobrar el IMV? Algunas formaciones políticas del arco parlamentario apostaban porque la nueva ayuda tuviera carácter transitorio en tanto persistieran las consecuencias de la crisis del coronavirus. Sin embargo, el Gobierno ha logrado que la prestación tenga una duración indefinida «para responder a la situación de pobreza que ya padecía España» antes de la pandemia, y siempre que se cumplan los requisitos para poder recibirla. Entre ellos, tener más de 23 años (salvo que el beneficiario tenga algún menor a su cargo) y menos de 65. Por tanto, una persona que perciba el IMV dejará de cobrarlo cuando cumpla los 65 años. A partir de ese momento tendrá derecho a percibir una pensión mínima.

La ayuda también cesará cuando el beneficiario deje de estar en situación de «vulnerabilidad económica», otra de las condiciones para cobrar el subsidio. Es decir, cuando el solicitante alcance el umbral mínimo de ingresos fijado para el tipo de hogar que corresponda.

Trabajar y cobrar el IMV es compatible

Encontrar un trabajo no es obstáculo para seguir cobrando la prestación. De hecho, el IMV contempla incentivos al empleo. Por ejemplo, cuando el titular de la ayuda no tenga trabajo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación. En el caso de que ya tenga un empleo, en el momento en que su salario se incremente, la cuantía del subsidio se reducirá en una cantidad inferior.

En Euskadi la ayuda será gestionada por Lanbide de manera transitoria mediante una encomienda de gestión, hasta que en octubre se haga efectivo el traspaso de la competencia. Los beneficiarios de la Renta de Garantía de Ingresos -más generosa en la cuantía de las ayudas- susceptibles de cobrar el nuevo ingreso mínimo no tendrán que hacer ningún trámite.

Sí estarán obligados a solicitarlo quienes no perciben la RGI pero tengan derecho al Ingreso Mínimo Vital. No son muchas personas, puesto que la prestación vasca es mucho más laxa en cuanto a las condiciones de cobro. Sólo es más restrictiva en el requisito de años de residencia en Euskadi: se piden al menos tres años, mientras que para cobrar el IMV se exige sólo uno.

El plazo de solicitud comienza el día 15 de junio y finaliza tres meses después. La prestación, de ser concedida, se cobrará con efectos retroactivos al día 1 de junio.