Fecha: 31/10/2023
Fuente: euskadi.eus
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El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula la calificación de las empresas de inserción y que favorece el tránsito del empleo protegido al ordinario una vez finalizado el proceso de inserción. Asimismo, amplía los colectivos de personas susceptibles de ser contratadas por estas empresas y agiliza los procesos de acreditación de las situaciones de exclusión al simplificar los trámites.

A propuesta de la Vicelehendakari y consejera de Trabajo y Empleo, Idoia Mendia, se ha ratificado un decreto fundamental en la lucha contra la exclusión social y que sitúa al empleo como un instrumento clave para la inclusión y el desarrollo humano. Así, este decreto responde al reto que, desde el inicio de esta legislatura, se planteó el Departamento de Trabajo y Empleo: lograr un empleo de calidad para todos aquellos colectivos más desfavorecidos a través del impulso y apoyo a la creación y el mantenimiento de las empresas de inserción. Gracias a este apoyo por parte del Departamento de Trabajo y Empleo, personas en situación o riesgo de exclusión pueden adquirir las necesarias competencias y habilidades para poder incorporarse al empleo ordinario y lograr una vida independiente.

Modificaciones destacadas

Las necesidades del contexto socioeconómico actual han hecho necesaria una adecuación de la regulación en esta materia que viene marcada, también, por la  entrada en vigor de la Ley 14/2022 del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión, así como por la profunda transformación de la organización administrativa al servicio de las políticas públicas de empleo determinada por Lanbide. Por tanto, el nuevo decreto aprobado introduce una serie de modificaciones respecto al ahora vigente Decreto 182/2008 que son, entre otras, las siguientes:

  • La ampliación de los colectivos de personas susceptibles de ser contratadas por una empresa de inserción, profundizando en la protección de las personas más desfavorecidas. Entre ellos se encuentran los siguientes:Personas que no pueden acceder a la RGI o al IMV por no cumplir el requisito de la edad.
    • Jóvenes de entre 16 y 18 años procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
    • Personas liberadas condicionales y exreclusas.
    • Mujeres víctimas de violencia machista o de cualquier tipo de violencia contra la mujer que sean perceptoras de ayudas específicas o que se encuentren en especiales dificultades de acceso al mercado laboral, por proceder de recursos específicos de acogida u otra circunstancia.
  • El establecimiento de procesos de acreditación de las situaciones de exclusión social más eficientes y ágiles, simplificando o clarificando trámites y situando en el centro de todo ello a Lanbide.
  • La regulación de los requisitos que deban reunir las empresas de inserción, el procedimiento para su calificación como tales y las obligaciones derivadas de dicha calificación.
  • El establecimiento de las reglas de funcionamiento del registro de empresas de inserción.

La aprobación de este decreto conlleva la tramitación de una nueva orden de ayudas destinadas a las empresas de inserción. Entre estas ayudas, se incluye una nueva subvención para facilitar el tránsito del empleo protegido al ordinario una vez finalizado el proceso de inserción.